VACACIONES EN MARBELLA
Lunes, 23 de Abril de 2012 12:31
CANF COCEMFE ANDALUCIA organiza un programa de vacaciones subvencionado por la Consejería de Asuntos Sociales de la Junta de Andalucía destinado a personas con discapacidad física de la Comunidad Autónoma Andaluza.
OBJETIVO
Fomentar el encuentro y convivencia de personas con discapacidad física entre las provincias de la comunidad autónoma andaluza.
BENEFICIARIOS:
Los/as beneficiarios deberán ser personas adultas, mayores de 30 años, atendiendo a las especiales dificultades para el acceso a vacaciones normalizadas, escasos recursos económicos y que preferentemente no hayan disfrutado de los distintos turnos vacacionales en ocasiones anteriores. El precio por persona es de 50 €, incluyéndose alojamiento, manutención y actividades. El transporte correrá a cargo del usuario.
CARACTERÍSTICAS
Las vacaciones tienen un carácter lúdico-recreativo y se desarrollan con carácter grupal. Entre las actividades programadas destacan las recreativas, deportivas, juegos y fiestas y salidas para conocer las localidades más representativas de la zona. Se cuenta con un equipo de voluntarios y monitores para ayudar a personas que por su discapacidad no pueden desempeñar algunas tareas de la vida diaria.
TURNOS
La fecha del turno de vacaciones será del 25 al 30 de junio de 2012 y se celebrará en la Residencia de Ocio y Tiempo Libre de Marbella (Málaga).
DOCUMENTACIÓN
- Hoja de solicitud cumplimentada
- Fotocopia del certificado de minusvalía
- Fotocopia del D.N.I. del Beneficiario y Acompañante, en su caso
- Fotocopia de la tarjeta de la Seguridad Social
- Certificado médico de no padecer enfermedad infecto-contagiosa
INFORMACIÓN Y SOLICITUDES
El plazo de presentación de solicitud y documentación en FEJIDIF finaliza el miércoles 16 de mayo de 2012.
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V MARATON DE TEATRO
Martes, 20 de Marzo de 2012 09:07
V MARATÓN TEATRO
Viernes, 23 de marzo a las 18:30 horas
TEATRO IDEAL CINEMA DE ÚBEDA
"FERDINANDO,
UN TORO
HECHO DE OTRA
PASTA"
OBRA REPRESENTADA POR PERSONAS CON Y SIN
DIVERSIDAD FUNCIONAL (DISCAPACIDAD)
DE
ACOPEDIF TRÉBOLES
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AYUDAS TIC
Viernes, 13 de Enero de 2012 11:41
Con fecha de 21 de septiembre de 2011 se aprobó la Orden que regulas bases para la concesión de subvenciones para la adquisición de dispositivos y servicios TIC (Tecnologías de la Información y Comunicación.
Con ella se pretende facilitar y promover el acceso a la Sociedad de Información y el Conocimiento en igualdad de condiciones entre las personas con discapacidad y las personas mayores que tengan cumplidos 80 años de edad.
¿QUÉ SE SUBVENCIONA?
Dispositivos relacionados con las Tecnologías de la Información y la Comunicación (en adelante TIC), incluyendo equipos, software y sus posibles servicios asociados (soporte a la instalación, envío, formación, etc.), accesorios, adaptaciones y en general productos de apoyo específicos del ámbito TIC, siempre y cuando dichos dispositivos estén contemplados en el Catálogo de Productos de Apoyo TIC en vigor en el momento de presentación de la solicitud y sean adquiridos en las empresas proveedoras detalladas en el citado Catálogo.
La cuantía máxima que se subvención es de 1500 euros.
La cuantía mínima es de 100 euros.
¿QUIÉNES PUEDEN SOLICITAR ESTAS SUBVENCIONES?
Las personas que presenten discapacidad física, psíquica o sensorial, acreditada por la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social de la Junta de Andalucía u otro órgano autonómico equivalente, donde se constate un grado de discapacidad igual o superior al 33% y se describan las limitaciones funcionales para el desarrollo de la vida diaria que comporta la mencionada discapacidad.
Con carácter específico para las personas mayores: Tener cumplidos los 80 años de edad.
El plazo de presentación de solicitudes se finalizará el 20 de abril de 2012.
Si tenéis alguna duda, pasaros por nuestra sede. Os ampliaremos esta información y os ayudaremos a tramitar vuestras solicitudes.
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AYUDAS PARA ALQUILER
Viernes, 09 de Diciembre de 2011 11:11
ABIERTO EL PLAZO PARA SOLICITAR AYUDAS PARA ALQUILER HASTA EL 18 DE ENERO DE 2012.
En qué consiste
Su objeto consiste en favorecer el acceso a la vivienda en alquiler a familias con ingresos limitados.
Beneficiarios
Pueden ser beneficiarios las andaluzas y los andaluces que se encuentren incluidos en laguno de los colectivos relacionados a continuación, siempre que cumplan las condiciones y requisitos del apartado siguiente:
- Jóvenes con edades comprendidas entre los 30 y los 35 años.
- Mayores de 65 años.
- Personas con discapacidad.
- Víctimas del terrorismo.
- Víctimas de la violencia de género.
- Familias monoparentales con hijos a su cargo.
- Personas procedentes de rupturas de unidades familiares al corriente del pago de pensiones alimenticias y compensatorias.
- Familias numerosas.
- Unidades familiares con personas en situación de dependencia.
- Emigrantes retornados.
- Personas afectadas por situaciones catastróficas.
- Familias en situación o riesgo de exclusión social.
Condiciones y requisitos
- Tener residencia legal en el territorio nacional.
- Ser inquilino de una vivienda situada en la Comunidad Autónoma de Andalucía en virtud de un contrato de arrendamiento suscrito al efecto y en el que una Agencia de Fomento del Alquiler homologada haya sido la intermediaria.
- Ocupar la vivienda como residencia habitual y permanente durante todo el periodo subvencionable.
- Tener todas las personas ocupantes de la vivienda, con independencia de que exista relación de parentesco, ingresos inferiores, en su computo anual a 2,5 veces el IPREM.
- No ser titular de una vivienda protegida calificada para arrendamiento.
- No disfrutar de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.
Solicitudes y documentación
Las solicitudes de ayudas se presentarán en la Empresa Pública de Suelo de Andalucía, bien por la correspondiente Agencia de Fomento del Alquiler que haya intermediado en el contrato de arrendamiento, bien por la persona inquilina, preferentemente a través de su sistema telemático integrado o en la propia Empresa Pública, conforme al modelo de solicitud recogido en el modelo 1 del Anexo IV, en el plazo de un mes a contar desde la fecha de celebración del contrato de arrendamiento y acompañadas de la siguiente documentación:
- Copia del contrato de arrendamiento intermediado.
- Declaración responsable sobre ingresos anuales de todos los ocupantes de la vivienda arrendada y composición familiar de los mismos, conforme al modelo 1 del Anexo II.
- Declaración responsable de la persona solicitante de que no se encuentra incursa en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 8.2 y 3, conforme al modelo 2 del Anexo II.
- Acreditación de tener ingresos suficientes para llevar una vida independiente de la unidad familiar de procedencia, mediante la vida laboral de al menos seis meses inmediatamente anteriores al momento de solicitud o aportación del contrato de trabajo u otra documentación suficiente que acredite los ingresos de, al menos, los seis meses inmediatamente anteriores o posteriores al momento de la solicitud.
- Certificado bancario que acredite la titularidad de la cuenta de la persona solicitante en la que se realizará el abono de la subvención.
- Copia del resguardo del depósito de la fianza, realizado en plazo y forma.
- Informe favorable de la Agencia de Fomento del Alquiler.
- En el supuesto que la vivienda no disponga de referencia catastral se aportará el Modelo 902 o equivalente de declaración censal.
Subvención a inquilinos de viviendas
La subvención consiste en una ayuda, cuya cuantía máxima es el 40 por ciento de la renta anual satisfecha, sin exceder en ningún caso de 3.200 € anuales, y que servirá para facilitar el pago de la renta a las personas que formalicen un contrato de arrendamiento de una vivienda intermediado por una de las Agencias de Fomento del Alquiler, con una renta anual del alquiler no superior al 9% del precio máximo de referencia establecido para las viviendas protegidas en alquiler con opción de compra de Régimen General, y con un límite máximo de 8.400 € anuales.
El resto de condiciones, requisitos, procedimiento, y documentación a presentar se encuentran reguladas en los artículos 54 a 56 de la Orden de 26 de enero de 2010, de desarrollo y tramitación de las actuaciones en materia de vivienda y suelo del Plan Concertado de Vivienda y Suelo 2008-2012
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CENA DE NAVIDAD 2011
Jueves, 24 de Noviembre de 2011 18:27

CENA NAVIDAD – 17-12-2011 – 21:00 H.
HOTEL RL CIUDAD DE UBEDA
MENU – 25€
APERITIVOS
JAMON IBERICO DE GUIJUELO CON VARITAS DE PAN
QUESO MANCHEGO EN PIRAMIDE AL ROMERO
PATE DE PERDIZ CON LAGRIMAS DE PICUAL Y TOSTAS
LANGOSTINOS AL LAUREL
PINCHO DE BACALAO CON BERZA Y CRUJIENTE DE AJETES
CROQUETAS CASERAS DE IBERICO Y DULCE
REVUELTO DE PATATAS A LO POBRE Y GULAS
BUÑUELOS DE ROSADA CON EMULSION DE ALI-OLI
CALABACIN EN TEMPURA Y EMPANADO DE CERVEZA
CUCHARADITA DE HABITAS Y MOLLEJAS
PLATO
MILHOJAS DE LENGUADO RELLENOS DE CHIPIRONES CON CENIZA DE NUECES
O
SOLOMILLO DE CERDO IBERICO AL PORFAIT DE OCA CON PATATAS PANADERA
POSTRE
TARTA DE YEMA TOSTADA, BISCUIT GLACE AL PRALINE SALSEADO CON CHOCOLATE CALIENTE
CAFÉ Y CAVA
BEBIDAS
VINO TINTO RIOJA VIÑA CASCAJO O RIBERA DULZAINA, VINO BLANCO RENE BARBIER O BARBADILLO MAESTRANTE, CERVEZA, AGUA MINERAL Y REFRESCOS.
FECHA LÍMITE PARA APUNTAROS HASTA EL DÍA 12 DE DICIEMBRE
NO FALTÉIS...
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